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La Historia de la Teología del Pacto, por R. Scott Clark

Hasta hace poco, se sostenía ampliamente que la teología del pacto fue creada a mediados del siglo XVII por teólogos como por ejemplo Johannes Cocceius (1609–1669). De hecho, la teología del pacto no es nada más ni nada menos que la teología de la Biblia. También es la teología de las confesiones reformadas. En la historia de la teología los elementos que conocemos como partes de la teología del pacto – el pacto de la redención antes del tiempo entre las personas de la Trinidad, el pacto de las obras con Adán, y el pacto de la gracia después de la caída – han existidos desde la Iglesia Temprana o Primitiva.

La Teologia del Pacto y los Padres de la Iglesia.

En realidad, los lectores reformados que acuden a los padres de la iglesia temprana (100-500 d.C.) podrían sorprenderse al ver la frecuencia con que usaban patrones de lenguaje y pensamiento que nos resultan muy familiares. Esa teología del pacto de los padres enfatizó la unidad del pacto de la gracia, la superioridad del nuevo pacto sobre el antiguo pacto (mosaico) y que, debido a que Jesús es la verdadera simiente de Abraham, todos los cristianos, ya sean judíos o gentiles, son hijos de Abraham. También hicieron hincapié en las obligaciones morales de la membresía del pacto de la gracia.

La Teologia del Pacto y la era Medieval.

La teología del pacto de la iglesia medieval (500-1500 d.C.) estaba relacionada con la de los primeros padres, pero distinta tambien en ciertos aspectos. En respuesta a la crítica de que el cristianismo dio lugar a la inmoralidad, la iglesia primitiva tendía a hablar sobre la historia de la redención como la historia de dos leyes: la antigua (Moisés) y la nueva (Cristo). La tendencia era de hablar de la gracia como el poder con el cual se lograba cumplir la ley para así poder ser justificados.

Este hábito solamente se incrementó en la iglesia medieval. Los principales teólogos argumentaron que Dios sólo puede justificar a personas que actual e inherentemente eran justas. Ellos pensaron que eso sucediera cuando pecadores son infundidos con gracia y al cooperar con esa gracia llegan a ser santos. Según ese esquema, santificación es igual a justificación, la fe es obediencia y la duda es esencia de la fe.

En la teología del pacto medieval, la palabra “pacto” llego a ser sinónimo de la palabra “ley”. No hablaron acerca del pacto de las obras y el pacto de la gracia, como lo hacemos nosotros. Sino que mas bien era la gracia del pacto la que nos capacita para poder cumplir la Ley.

Hacia el final de la era medieval [Medieval Tardio], algunos teólogos empezaron a enfatizar la idea de que Dios ha dado un tipo de gracia a todos los seres humanos, haciendo un pacto para que “a aquellos que obran de acuerdo lo que esta dentro de ellos mismos, Dios no les negará la gracia.” En otras palabras, Dios ayuda a los que se ayudan a sí mismos. La reforma no sólo reformaría la teología del pacto de los primeros padres, sino declararía una guerra abierta a la teología del pacto de la iglesia medieval.

La Teologia del Pacto y la Reforma.

Cuando Martín Lutero (1483–1546)  rechazó la doctrina medieval de la salvación por medio de la cooperación del ser humano con la gracia de Dios, estaba rechazando el entendimiento de la distincion de la antigua/nueva ley de la historia redentora. Llegó a entender que a lo largo de toda la Escritura hay dos maneras de hablar: la ley y el evangelio. La ley exige obediencia perfecta, mientras que el evangelio anuncia la obediencia perfecta de Cristo con respecto a esa ley, su muerte y su resurrección por su pueblo.

No mucho después de que Lutero llegó a tener su punto de vista protestante, otros ya estaban reformando la teología del pacto siguiendo la misma direccion Protestante. A principios de la década de 1520, el teólogo reformado suizo Johannes Oecolampadius (1482–1531) estaba enseñando lo que más adelante se conocería como “El pacto de la Redención” (Pactum Salutis) entre el Padre y el Hijo desde toda la eternidad. También hizo una distincion entre el pacto de las obras como un pacto legal, y el pacto de la gracia como un pacto misericordioso.

Algunos años más tarde, Heinrich Bullinger (1504–75) publicó el primer libro protestante dedicado a la explicación del Pacto de la Gracia. Siguiendo a los Padres de la Iglesia, su obra en enfatizo la gracia e unidad dentro del Pacto de la Gracia.

Juan Calvino (1509–1564) tenía una sólida Teología del Pacto y enseñó la sustancia de la teología federal más desarrollada, incluyendo el pacto de redención en la eternidad, el pacto de las obras antes de la caída y el pacto de la gracia después de la caída.

Los teólogos de la post-reforma, después de Calvino, tuvieron que enfrentar serios desafíos, como por ejemplo, una iglesia romana resurgente, Arminianismo y Amyraldismo. Todo ello les obligó a articular una Teología del Pacto mucho más detallada. No solamente era necesario explicar la historia de la salvación sino también cómo esa historia se relaciona con nuestro entendimiento de cómo pecadores son justificados y santificados.

Los teólogos reformados en Heidelberg lo hicieron entretejiendo los hilos que los protestantes anteriores habían dejado. Zacharias Ursinus (1534–1583) y Caspar Olevianus (1536–1587) eran dos de los más importantes teólogos reformados de la Teología del Pacto a finales del siglo XVI. Fueron estos dos teólogos del pacto quienes eran los principales autores del Catecismo de Heidelberg (1563). Ursinus empezó su teología del pacto con el pacto de las obras por medio del cual Adán hubiera podido entrar a un estado de bienaventuranza eterna obedeciendo la ley. La transgresión de ese Pacto de la Ley tenia repercusiones eternas.

Según Ursinus, Cristo cumplió el pacto de las obras a traves de su obediencia representativa en favor de los elegidos, y llevó asi el castigo merecido por sus pecados. Sobre esta base, Dios hizo un pacto de la gracia con los pecadores. El mensaje del pacto de la gracia es el Evangelio del favor inmerecido para con los pecadores.

Fue el mismo enfoque del libro prestigioso, escrito por Caspar Olevianus), Sobre la sustancia del pacto de la gracia entre Dios y los elegidos [On the Substance of the Covenant of Grace Between God and the Elect] (1585). Él enseñó que el pacto de la gracia se puede considerar tanto en un sentido más amplio como en un sentido más estricto. En el sentido más estricto, se puede decir que el pacto se hizo solamente con los elegidos.  Son los elegidos quienes han sido unidos a Cristo solamente por gracia, solamente por fe, solamente por Cristo, que reciben los beneficios del pacto – estrictamente hablando.

Debido al hecho de que sólo Dios sabe quiénes son los elegidos, en su administración, el pacto de la gracia, es en su sentido mas amplio hecho con todos los bautizados. Es por eso que bautizamos en base al mandamiento y la promesa divina, y consideramos como hijos del pacto aun antes de que hagan su profesion de fe, y se les considera cristianos a menos de que las evidencias prueben lo contrario. Aquellos que están en el pacto solamente en ese sentido más amplio o externo, sí reciben algunos de los beneficios del pacto (Heb. 6:4–6), pero no reciben lo que Olevianus llamó la “sustancia del pacto” o el “doble beneficio” del pacto: la justificación y la santificación. Sólo aquellos que son elegidos realmente se apropian – solamente por gracia, solamente por fe – del “doble beneficio” del pacto de la gracia.

La Teologia del Pacto y la Post Reforma.

Dos de las teologías del pacto más desarrolladas del siglo XVII fueron las de Johannes Cocceius (1609–1669) y Herman Witsius (1636–1708). Ellos enseñaron los pactos de la redención, de las obras y de la gracia – y además usaron los pactos bíblicos como una manera de organizar la historia de la Redencion. Muchos de los demás teólogos reformados en Europa y Gran Bretaña enseñaron teología usando las mismas categorías. Fue también la teología del pacto de la Confesión de Fe de Westminster y los catecismos. Los teólogos reformados confesionales en el período moderno (como por ejemplo los teólogos de Princeton) siguieron el esquema de la teología del pacto de los períodos de la reforma y post-reforma.

Sin embargo, desde el siglo XIX hubo una confusión considerable acerca de la teología del pacto. Parte de esto se debe a la influencia del teólogo suizo Karl Barth (1886–1968). Rechazó en gran parte la teología del pacto reformada clásica y la consideró legalista, “escolástica” y no bíblica. Juzgado por estándares históricos, gran parte del resto de la teología del pacto en el siglo XX debe ser juzgado como idiosincrásico también. A mediados del siglo XX, varios teólogos influyentes en los Países Bajos  y los Estados Unidos habían rechazado los pactos de redención y de las obras. Otros argumentaron que no hay una distinción de sentido estricto y sentido amplio en el pacto de la gracia. Otras revisiones u otros rechazos de la teología del pacto ortodoxo incluyen el así llamado movimiento de la visión federal que no solo rechaza el pacto de la redención; rechaza también la distinción entre ley y evangelio y la distinción entre los pactos de las obras y de la gracia. Según ellos cada persona bautizada es elegida y unida a Cristo por medio del bautismo, sin embargo, esta elección y esta unión pueden perderse por apostasia.

Conclusion.

En resumen, a lo largo de la historia de la iglesia siempre ha habido Teologia del Pacto. La reforma recuperó el Evangelio y la distinción bíblica entre gracia y obras, lo cual hizo posible que la teología reformada construyera una teología del pacto detallada y fructífera.

Los experimentos del período moderno que quieren eliminar los pactos de redención y de las obras tienden a convertir el pacto de la gracia en un pacto legal. Confundiendo los pactos de las obras y de la gracia se causa una confusión entre la ley y el evangelio, la distinción fundamental de la reforma y del Evangelio.  En lugar de hacer la teología reformada más llena de gracia y Cristo-céntrica – como lo prometieron – las revisiones actuales llevaron a una teología más egocéntrica.

Sin embargo, hay algunas señales alentadoras. Algunos estudios bíblicos recientes han llamado la atención a la existencia de tratados antiguos en el Cercano Oriente que iluminan los pactos bíblicos de las obras y de la gracia.  La teología histórica ha renovado su estudio de las fuentes originales de la teología del pacto reformado lo cual esta ayudando a recuperar la teología del pacto clásica y confesional de los siglos XVI y XVII para nuestro tiempo.

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Sobre el autor:

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Robert Scott Clark es uno de los teologos reformados mas reputados a nivel mundial. B.A. University of Nebraska, M.Div. Westminster Seminary California, D.Phil. University of Oxford. Ha sido profesor en Westminster Seminary California desde 1997, como profesor de Historia de la Iglesia y Teologia Historical. Ademas, ha tambien enseñado en varias importantes instituciones educativas como Wheaton College, Reformed Theological Seminary y Concordia University. Es pastor ordenado y sirve en ministerio pastoral. Ha escrito decenas de ensayos y articulos académicos, así como un numero de libros. Entre los mas importantes tenemos: Recovering the Reformed Confession: Our Theology, Piety, and Practice (Phillipsburg: P&R Publishing, 2008); Caspar Olevian and the Substance of the Covenant: The Double Benefit of Christ (Edinburgh: Rutherford House, December 2005); William Ames, A Sketch of the Christian’s Catechism. Trans., Todd M. Rester. Classic Reformed Theology vol. 1. Grand Rapids: Reformation Heritage Press, 2008; Caspar Olevianus, An Exposition of the Apostles’ Creed. Trans. Lyle D. Bierma. Classic Reformed Theology vol. 2. Grand Rapids: Reformation Heritage Press, 2009; Covenant, Justification, and Pastoral Ministry: Essays by the Faculty of Westminster Seminary California. ed. R. Scott Clark Phillipsburg: N.J.: P&R Pub, 2007; Protestant Scholasticism: Essays in Reassessment, ed., Carl Trueman and R. Scott Clark. Carlisle, UK: Paternoster, 199; Always Reformed: Essays in Honor of W. Robert Godfrey. ed., R. Scott Clark and Joel E. Kim. Escondido, CA: Westminster Seminary California, 2010; entre muchos otros.

Traducido por Cristina Accolla. Publicado primeramente en: R.Scott Clark, ‘The History of Covenant Theology’, en Tabletalk, Octubre de 2006 (Lake Mary, FL: Ligonier Ministries, 2006), 8–11.

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